sábado, 5 de mayo de 2012

REFORMAS ELECTORALES EN JULIO

Medios de comunicación social, han informado a Panamá, que los magistrados del Tribunal Electoral (TE) instaron al gobierno de Ricardo Martinelli a que apruebe en julio próximo el texto consensuado de las reformas al Código Electoral, y que de lo contrario no se haga nada y se trabaje con las actuales reglas de juego. Peligro del planteamiento. 1. Las reformas consensuadas con la Comisión Nacional de Reformas Electorales, no todas fueron positivas; en el paquete habían errores serios, que de avalarse, perjudicarían a la democracia, en tanto que otros puntos no transformarían para nada el espectro electoral. Veamos.  Establecieron un circuito nacional electoral, al margen de lo que permite la Carta Magna.  De manera inconstitucional, decían que los candidatos a Presidente y Vicepresidente de la República, que perdieran la elección, serian los dos primeros en las listas de candidatos a Diputados del Circuito Nacional de los partidos que los postulen o de la lista de libre postulación que conformen, sin haber corrido previamente en las primarias o en convenciones para el cargo.  De marea inconstitucional planteaban, que cuando en un circuito plurinominal, una lista tenga derecho a una o más curules de Diputados, se declararán electos los candidatos en el orden en que aparezcan en la boleta de votación. No se permite el libre voto del elector al candidato de se su simpatía.  Establecen un sistema de paridad, contrario a las reglas, que dice la Constitución.  Permitían solo la postulación para Presidente de hasta tres candidatos, y esto es un acto discriminatorio a la libre postulación.  Sancionaba de manera ineficiente, al que no honraba el tope electoral, blindando al jefe de campaña, entre otros. 2. Las sesiones ordinarias inician en julio, pero esto no obliga a un ente independiente, por definición de la Constitución, del Ejecutivo, como la Asamblea Nacional, para que aprueba el paquete de reformas en ese mismo mes. Para mí, lo ideal hubiese sido convocar a sesiones extraordinarias, pero solo para la discusión del paquete de reformas electorales, por lo siguiente: En las sesiones extraordinarias no se puede tocar, ningún otro punto que pudiesen proponer los Diputados; el hecho de que fueran convocados para tratar un tema, no los obligaba a aprobar, a tambor batiente, el paquete bajo estudio; no es inconstitucional, que no se apruebe en sesiones extraordinarias, un tema incluido para su debate, si fuere el caso. Creo que la presión de grupo, empujó al Ejecutivo a no ponderar esta idea

jueves, 3 de mayo de 2012

INCONSISTENTE PROYECCIÓN DEL NUEVO CENTRO DE CONVENCIONES

Medios de comunicación han informado que Representantes de 34 empresas visitaron el terreno donde se proyecta construir el Centro de Convenciones en Amador, que se pretende hacer mediante una licitación con mejor valor, mediante la modalidad de llave en mano. No obstante, lo antes expuesto, no corresponde con lo que dice el Plan Estratégico de Gobierno, publicado el 12 de enero de 2010, en la Gaceta Oficial No. 26445- A, en sus páginas 74 y 75 en donde se nos informa que la decisión del gobierno, era la de construir el nuevo centro de convenciones, mediante la modalidad de concesiones y asociaciones públicos- privadas, en donde el sector privado, invertiría con el capital por adelantado, cargando con casi la totalidad o la mayoría del riesgo. No comprendemos por que se ha cambiando el derrotero sino se ha agotado la idea de impulsar un proyecto de la APP consensuado, con las empresas, para lograr el fin propuesto, máxime que el Nuevo Centro de Convenciones, según el documento en cuestión, esta valorado en 150 millones de dólares, conforme reza en la página 76. Se necesita, que se le informe al país, sobre el porque del cambio, en el plan de gobierno ut supra (antes anotado) y sobre el monto final del proyecto, la urgencia del mismo y sobre de donde se van a recabar los dineros para la infraestructura.

martes, 1 de mayo de 2012

PETICIÓN DE INVESTIGACIÓN Y SEPARACIÓN DEL PRESIDENTE: UNA IDEA ABSURDA E ILEGAL

Medios de comunicación informan que miembros de la Juventud del Partido Revolucionario Democrático se presentaron ante la Secretaría General de la Asamblea Nacional de Diputados y solicitaron una investigación contra el presidente de la República de Panamá, Ricardo Martinelli, por su presunta vinculación, junto a otros funcionarios panameños, en el escándalo de supuesto pago de sobornos por parte de empresas italianas. Piden la separación del cargo de Martinelli, para la realización de "investigaciones prístinas" por parte de una comisión legislativa conformada por diputados de todas las bancadas. Como prueba, adjuntaron reseñas de publicaciones periodísticas sobre el llamado caso Lavitola. Legalmente, la acción en comentario, no se adecua a la legalidad, por lo siguiente. El código judicial, en el artículo 2478 y siguiente, (que contiene el ritual para el juzgamiento del presidente), no contempla la figura de la separación del cargo del denunciado y sabido es, que donde la ley no distingue, no le es dable al hombre el distinguir. Como el caso en Italia, esta en una etapa incipiente, mal se puede presentar una denuncia a la Asamblea Nacional de Diputados, debido a que atentaría, contra el principio de presunción de inocencia, que está recogido en el artículo 22 de la Constitución. Deben los interesados esperar el resultado final de caso en Italia, para que con el veredicto y las pruebas del negocio jurídico, puedan proceder, con la presentación de las acciones debidas, si el caso lo amerita. Los recortes de los diarios del caso Lavítola, no hacen prueba sumaria, pues no recogen la certeza de un expediente foráneo, que está hoy, bajo la protección de la reserva del sumario. Iniciar una investigación, motivados por recortes de diarios, no solo es irresponsable, sino atentatorio del debido proceso, toda vez que cualquiera pudiera hacer publicar una información inexacta, contra alguien, de mala fe, para que sea procesado, sin que se hubiese valorado por autoridad competente primero, el descargo del afectado. El código judicial, no consagra la creación de una comisión especial conformada por los diputados de todas las bancadas, para que pueda ser investigado un presidente. Valorar este pedido hoy, sería un atentado contra la democracia y contra el poder constituido. ¡Así tampoco es la cosa¡